Lo que cambia el 1 de noviembre de 2026
Desde el 01/11/2026 son obligatorios unos ajustes que Hacienda les hizo a los comprobantes electrónicos. Antes eran voluntarios. Sigue siendo la versión 4.4: no es una versión nueva. No hay prórroga anunciada.
La fuente es el documento de Hacienda «Anexos y Estructuras V4.4», en la «Bitácora de Ajustes al 22/04/2026» (Notas 9 y 10).
Lo que ya emitiste y Hacienda aceptó no se tiene que volver a emitir. Vale como está.
¿Tengo que hacer algo?
No. El Facturador enciende todo esto solo el 01/11/2026. Lo único nuevo para vos es que, al anular o corregir una factura de un mes anterior, vas a escoger por qué se hace la nota. De eso depende en qué mes cuenta.
Lo más importante: en qué mes cuenta la nota
Hasta ahora, una nota de crédito o de débito contaba en el mes en que se hacía. Desde noviembre depende de la razón:
| La razón de la nota | En qué mes cuenta |
|---|---|
| Anular (01), corregir un monto (02), devolución de mercancía (06) | En el mes de la nota, como siempre. |
| Por error material: anular (13) o corregir un monto (14) | En el mes de la factura que corrige. |
Un ejemplo. Una factura de agosto que corregís en noviembre por error material cuenta en agosto, no en noviembre. Si agosto ya se declaró, hay que presentar la declaración rectificativa de agosto.
Cuál razón le toca a tu caso es conversación con tu contador: revisalo antes de escoger.
Lo que cambia, según Hacienda
Razones nuevas para las notas (el «código de referencia», Nota 9):
| Código | Qué dice |
|---|---|
| 13 | Anula documento de referencia por error material |
| 14 | Corrige monto por error material |
| 15 | Sustituye comprobante electrónico por error material |
| 16 | Sustituye comprobante electrónico rechazado |
| 17 | Pago a comprobante electrónico (solo en el recibo electrónico de pago) |
El 12 cambia de nombre: ahora es «Nota de crédito financiera por exoneración posterior a la facturación».
Tipos nuevos de documento de referencia (Nota 10): el 19 «Factura Electrónica de Exportación» y el 20 «Recibo Electrónico de Pago».
Cédula jurídica con letras. Hacienda la permite para el día en que el Registro Nacional las dé. Todavía no las da.
Teléfonos especiales, como el 911, ya se pueden poner.
Lo que hace el Facturador
Al anular
El botón Anular (mirá Anular un documento ya enviado):
- Si la factura es de un mes anterior al de hoy, te pregunta por qué se anula:
- «Se anula hoy» — código 01. Cuenta en el mes de la nota.
- «Fue un error al hacerla» — código 13. Cuenta en el mes de la factura, y el programa te avisa que, si ese mes ya se declaró, hay que rectificar.
- Si la factura es del mismo mes, no pregunta: da lo mismo.
Al corregir un monto
En Facturar, al hacer una nota de crédito o de débito, hay una razón nueva: «Corregir un monto por error material» (14). Cuenta en el mes de la factura.
La nota de débito también ofrece «Corregir un monto de la factura» (02), que cuenta en el mes de la nota.
Lo que sale solo
- El recibo electrónico de pago sale con el código 17.
- «Corregir y volver a intentar» un comprobante que Hacienda rechazó: el nuevo sale con el código 16. Mirá Cuando Hacienda rechaza un documento.
- Al anular una factura de exportación, la nota se refiere a ella con el tipo 19.
- Un recibo electrónico de pago ya se puede anular con el botón Anular: sale una nota de crédito financiera que lo nombra con el tipo 20, que es como Hacienda lo acepta.
- Cuando volvés a hacer una factura anulada con «Utilizar como modelo», la nueva dice a cuál sustituye: código 07, o 15 si se anuló por error material. Lo ves arriba, en «Sustituye a…», y lo podés quitar si no la sustituye.
En los reportes
En Ventas, el formulario D150 - IVA, Clientes y proveedores, la informativa D270 y los de gastos, una nota 13 o 14 se cuenta en el mes de la factura que corrige.
Los dos meses lo dicen con un aviso: el de la factura, donde la nota sí se cuenta, y el de la nota, donde no. Si el mes corregido ya había vencido —la declaración vence el 15 del mes siguiente—, el aviso pide la declaración rectificativa.
Esto vale para las notas que emitís vos y para las que te mandan tus proveedores. Mirá Reportes y declaraciones.
Cédulas y teléfonos
- Clientes con cédula jurídica con letras: el Facturador ya los acepta.
- Una empresa emisora con cédula con letras todavía no se puede registrar. Hacienda no ha publicado cómo va esa cédula dentro de la clave del comprobante. Cuando lo publique, se habilita.
- Teléfono: acepta de 3 a 20 dígitos. Así entra el 911.
Ver también: Anular un documento ya enviado · Cuando Hacienda rechaza un documento · Reportes y declaraciones.
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